FINANCIACIÓN

Financiación entre 25.000 y 75.000 euros para jóvenes emprendedores.

La Empresa Nacional de Innovación (Enisa) acaba de lanzar sus líneas de ayudas a empresarios para 2013. La primera de ellas se llama Enisa jóvenes emprendedores y tiene como objetivo estimular la creación de empresas promovidas por jóvenes empresarios, facilitando el acceso a una financiación preferente con la única garantía de su proyecto empresarial.

Para recibir a este programa de financiación pública es necesario ser una pyme con una antigüedad máxima de 24 meses, tener un modelo de negocio innovador, no pertenecer al sector inmobiliario ni financiero y que los socios mayoritarios tengan, como máximo, 40 años de edad.

Enisa financiará la adquisición de activos fijos y del circulante necesario para la actividad diaria. No obstante, los emprendedores deben aportar entre el 15 y el 25% del préstamo solicitado a la empresa pública.

Se trata de préstamos participativos con un importe que oscila entre los 25.000 y los 75.000 euros con un interés del Euribor más un 2,5%. En el caso del interés variable se determinará en función de la rentabilidad financiera de la empresa, de hasta 4,5% por encima del interés mínimo.

La comisión de apertura es del 0,5%, el vencimiento máximo es de cuatro años y hay un plazo de carencia máximo de seis meses. No es necesaria la presentación de garantías y la comisión por la amortización anticipada es del 2%.

Para pedir la financiación se puede dirigir a la página de Enisa o acudir a varios organismos colaboradores como las Asociaciones de Jóvenes Empresarios, la Asociación Española de Business Angels, o los parques tecnológicos españoles, entre otros.

Apoyo al emprendedor

Medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo de crecimiento y de la creación de empleo.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, publicado en el B.O.E. de 23 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

En la exposición de motivos, el Gobierno subraya que pymes y autónomos constituyen “uno de los principales motores para dinamizar la economía española, dada su capacidad de genera empleo y su potencial de creación de valor”.

Así los objetivos de la norma son mejorar su entorno laboral, fiscal, regulatorio y financiero para incrementar su capacidad de expansión. Por ello, se desarrolla la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, se fomenta la financiación empresarial a través de mercados alternativos y se adoptan medidas para reducir la morosidad en operaciones comerciales.

1. Medidas de desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven:

a) Fomento del emprendimiento y el autoempleo (artículo 1):

b) Los menores de 30 años podrán compatibilizar la percepción de la prestación por desempleo pendiente con el trabajo por cuenta propia (artículo 2).

c) La prestación por desempleo podrá reanudarse cuando el trabajo por cuenta propia sea de duración igual o inferior a 60 meses (artículo 5).

d) La protección frente a las contingencias de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, que incluye la cobertura de la protección por cese de actividad, tendrá carácter voluntario para los trabajadores por cuenta propia menores de 30 años (artículo 6).

2. Estímulos a la contratación:

a) Incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa (artículo 9):

b) Contratación indefinida de un joven por microempresas o autónomos (artículo 10):

c) Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven (artículo 11):

d) Primer empleo joven (artículo 12).

e) Incentivos a los contratos en prácticas para el primer empleo (artículo 13):

3. Otras medidas:

a) Incentivos fiscales para entidades de nueva creación (artículo 7).

b) Mejora de la intermediación (artículo 15).

c) Fomento de la financiación empresarial (artículo 16).

d) Nueva fase del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las Entidades Locales y Comunidades Autónomas (artículos 20 a 32).

e) Lucha contra la morosidad (artículo 33).

f) Modificación de la Ley de Empresas de Trabajo Temporal (Disposición Final 3ª):

Puede consultar el texto íntegro del Real Decreto-ley en el siguiente enlace:
http://www.boe.es/boe/dias/2013/02/23/pdfs/BOE-A-2013-2030.pdf